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domingo, 2 de febrero de 2020

Conseguimos la “Declaración Constituyente” del PSC (1978): el partido “es un arma esencial para la causa de la emancipación nacional del pueblo de Cataluña”

 

Passi i vegi perquè el PSC és nacionalista.

¿Por qué la Forcadell no incluyó al PSC en los partidos “adversaris” del separatismo en su famosa proclama lazi? Porque el PSC es nacionalista. Pase, lea y memorice de una vez.
Es un gran triunfo del nacionalismo el hecho de que sus dogmas formen parte del ideario del PSC. Desde las alcaldías de las principales ciudades, las diputaciones, la oposición y hasta la Generalitat, el PSC ha seguido siempre el programa nacionalista diseñado por Jordi Pujol. Hasta José Luis Álvarez, nombrado varios años mejor profesor del claustro del MBA en INSEAD, lo tiene claro: “Si hay un partido que ha facilitado el avance del catalanismo ha sido el Partido Socialista de Cataluña”. 
No es accidental que el PSC sea un catalizador del nacionalismo catalán. El PSC apoyó la ley de consultas nacionalista en 2014El PSC de Sitges declaró non gratos al Rey y su familia hace unos días. El PSC metió a Castelldefels en la Associació de Municipis per Laindependéncia, donde ya forman 72 ayuntamientos gobernados por el PSCEl PSC se sumó en 2016 a una manifestación separatista contra el Tribunal Constitucional, con Iceta a la cabeza. El PSC homenajea cada año al golpista Companys. El PSC participó en el linchamiento de los padres de Balaguer que pedían que su hijo estudiara en catalán y castellano.El Parlament vota el golpe de Estado y el PSC se abstiene y se queda mirando. En Premiá de Mar votan que la bandera española no cuelgue del ayuntamiento. En la Biblioteca Municipal de Esplugas permiten propaganda separatista. El PSC vota en contra de que las empresas contratistas puedan presentar sus propuestas en español en el ayuntamiento de Barcelona. El PSC ha vota en contra de que el español también sea vehicular en la enseñanza en Cataluña. El PSC permite que un puñadito de CDRs lleven desde el 14 de octubre cortando la Meridiana varias horas al día. Y así ad infinitum.
Ho recorden, oi? Es la política que ha convertido al PSC en la chacha del nacionalismo“prefiero negociar con independentistas a un gobierno de Rajoy”. Es el desquiciado “¡Por Dios, Pedro! , ¡Mantente firme!, ¡Líbranos de Rajoy y del PP! (…) ¡Intenta formar una mayoría de cambio y reformista!” con separatistas y bolivarianos, porque los malos son siempre los del PP, C’s y VOX, y los nacionalistas que llevan años cargándose la vida en común en Cataluña.
Y es que, como explicó literalmente en 2016 el jerarca de ERC Joan Tardà, el PSC tiene la misión de “normalizar el independentismo”. Para entenderlo: hacer de chacha del nacionalismo. Ho hem dit mil vegades, però alguns diuen que exagerem. Hem explicat que el PSC posa el seus orígens a Rafael Campalans, el ideólogo lazi que da nombre a la Fundación que elabora el programa del partido. Pero todavía hay gente que se empeña en creer que el PSC es españolísimo y obrerísimo, y en eso consiste el timo del PSC a sus bases, porque sus líderes profesan todos el socianalismo.
Avui portem una altra prova, que lloava el llazi Carod Rovira: els Estatuts i Declaració Constituent del PSC, aprobados en el Congreso de la Unidad Socialista en Barcelona, el 15 y 16 de julio de 1978. Mire lo que dice este documento fundacional, que por cierto excluye el español y solo se redactó en catalán:
  • Primer párrafo: “El PSC (…) lucha (…) por la conquista de las libertades nacionales. Pues igualito que ERC, CiU, Pedecat, JxC, JxS, CUP y todos los partidos lazis.
  • 2ª página: “El Congreso de unificación culmina el proceso de unidad y de él surge el PARTIT DELS SOCIALISTES DE CATALUNYA (PSC-PSOE), partido que (…) hace posible un amplio desarrollo del espacio político específicamente socialista, objetivo imprescindible para la construcción de una Catalunya lliure. Pues ya sabemos el objetivo del PSC, que es el mismo que el de los partidos nacionalistas.
  • 2ª página, declarando que el PSC “desarrolla y plasma los principios contenidos en el Pacto de Abril [de 1977 entre PSC, FSC-PSOE y socialistas independientes]“, el 5º de los cuales es “el reconocimento del derecho de autodeterminación a las nacionalidades y pueblos del Estat espanyol”. Escolti, això no és lo que demanen el Motxo i racisTorra? ¿Y esto lo firmó el PSOE de Felipe González?
  • Epígrafe El nou partit sortit de la unitat“es un partido nacional. Tiene entre sus objetivos la plena recuperación de las libertades nacionales de Cataluña (…) la completa superación de toda forma de opresión nacional, tenga esta un contenido cultural, económico o político”. Ací tenim l’ensvolenaixafarespanyansroba, y todas las formas de victimismo nacionalista.
  • Y así acaba el documento: “Construyendo un gran instrumento de organización, formación y acción social y política, los socialistas de Cataluña responden a la confianza que el pueblo les otorgó y aportan un arma esencial para la causa de la emancipación social y nacional de los trabajadores y del pueblo de Cataluña.
Previamente se habían aprobado las “Bases de la Unitat aprovades pel II Congrés del PSC”, donde leemos esto (només en català): “El PSC sorgit de la unificació tendrá plena soberanía en el establecimiento de su programa de gobierno, adecuado al grado de autonomía alcanzado por Cataluña en cada momento histórico, en la perspectiva del pleno ejercicio del derecho de autodeterminación. O sea, laindependència es el objetivo final.
Digámoslo claro: el PSC es nacionalista con todas sus consecuencias. Y el PSOE lo firmó, lo aceptó y hoy los principios del PSC han llegado a la Moncloa. González, Guerra, Zapatero, Bono, Rodríguez Ibarra… nadie ha rengado jamás de esto. El PSC exhibe estos documentos en su web oficial.
Ara s’entén tot, oi? Pues ahora ya sabemos por qué la Forcadell no incluía al PSC en la lista de “advesaris” de Cataluña: porque –com recordava en Carod Rovira– es un partido de origen y fondo nacionalista. Hoy, después de lo que hemos visto durante 40 años, cal ésser imbècil per pensar encara que el PSC-PSOE és un partit lliure de nacionalisme.
Dolça i llazi Catalunya…

sábado, 11 de noviembre de 2017

Sí, así se bajó las faldas la Forcadell en el Tribunal Supremo

on VIERNES, 10 DE NOVIEMBRE DE 2017 •   




La valientísima presidenta se raja … y cobrará €6.235 al mes.

Carme Forcadell, senyora de les cadenes, fanàtica nacionalista, agitadora professional, musa d´Artur (“president, posi les urnes“) y dispensadora de carnets de buenos catalanes:
que no debería llamarse PP de Cataluña, sino PP en Cataluña…estos son nuestros adversario, el resto son el pueblo catalán
Esto es lo que dicen que depositó ayer, temblorosa, ante el Tribunal Supremo. También dicen que es un fake, porque es cachondísimo. No importa mucho; el fondo es este, y es para mondarse de risa:
-“Que reniega de la Declaración Unilateral de Independencia de Cataluña, formulada recientemente en el Parlament”
-Que acepta la formulación  de cargo en base a la legalidad constitucional vigente en España.
-Que afirma que dada su condición de aforada no pretenderá en lo sucesivo volver a incurrir en acciones que exalten, promocionen, estimulen o enaltezcan los deseos de independencia (…) y es consciente de la nacionalidad española de todos los ciudadanos
-Que se siente completamente arrepentida de lo sucedido y que en el fondo su intención era solo la de llamar la atención sobre la situación de Cataluña para lograr una (sic) mejor ajuste dentro del Estado español. De nuevo la sra Carme Forcadell Lluis reniega completamente de desear la soberanía de la región autónoma de Cataluña
-(…) afirma de nuevo su mejor disposición en colaborar con la justicia española por lo que suplica a este Tribunal Supremo que tenga a bien conceder su libertad (…)“.
Fake? Seguro, pero cómo nos hemos reído. Lo cierto es que Forcadell acató la Constitución y dijo que la DUI solo era algo “simbólico”. Quina barra, Carmeta.
Després del Tribunal, la forca colpista en cap ingressà a Alcalà Meco. Hoy a mediodía ha pagado €150.000 (han salido de su sueldazo), ha salido de prisión en su Audi oficial, con chófer y acólito (¿por qué todavía lo disfruta?), ha tuiteado que el parlamento de la Ciudadela es “sede de la soberanía nacional” (nacional de Catadisney, of course) y ha regresado a Barcelona para seguir cobrando su pensión de €6.235 mensuales tras sólo 2 años de trabajo en el parlamento. Si dentro de unos días la forca torna a la garjola, li seguirem pagant la pensió.

Lo siguiente es un violador acate que es malo desear el cuerpo de su víctima, que afirme su mejor disposición en colaborar con la justicia española y diga que la violación fue algo “simbólico”. Seguramente saldrá a la calle inmediatamente.
Demà a la mani, Carmeta, què diràs? Que acates o no acates? Que tot era comèdia? Que gràcies perquè t’has forrat?
Quina xufa de justícia. Quina vergonya de covarda Forcadell. Quina vergonya de pensió que paguem tots. Pero tranquilos, que este mujer regresa pronto … a Alcalá Meco.
Dolça i avergonyida Catalunya…




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lunes, 24 de julio de 2017

La Falsedades y Mentiras de Los Separatistas Catalanes


9.4. «No permitir la independencia es antidemocrático»

Mentira!!!

Artículo nº. 2 de la Constitución española:
«La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas».
Esta disposición (contenida en el Título preliminar) es directamente tachada de «fascista» y «dictatorial» por los homenajeadores de los golpistas Companys y Macià. Así como también el artículo 1.2, el cual establece la imposibilidad de que sólo una parte de la ciudadanía decida sobre cuestiones fundamentales que nos afectan a todos:

«La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado».

Pero lo cierto es que son dos preceptos similares a los existentes en numerosas Constituciones del mundo que, en unos u otros términos, proclaman la indivisibilidad de la soberanía y del territorio, la indisolubilidad de la nación; y no reconocen el derecho de secesión territorial:

◦ Constitución de Francia:
Artículo 1: «Francia es una República indivisible, laica, democrática y social».
Artículo 89: «No podrá iniciarse ni proseguirse ningún procedimiento de reforma mientras sufra menoscabo la integridad del territorio».
◦ Ley Fundamental de la República Federal de Alemania:
Artículo 20.2: «Todo poder del Estado emana del pueblo».
Artículo 21.2: «Los partidos que por sus fines o por el comportamiento de sus adherentes tiendan a desvirtuar o eliminar el régimen fundamental de libertad y democracia, o a poner en peligro la existencia de la República Federal de Alemania, son inconstitucionales».
◦ Constitución de Finlandia:
Artículo 4: «El territorio de Finlandia es indivisible. Los límites de la nación no pueden ser alterados sin consentimiento del Parlamento».
◦ Constitución del Reino de los Países Bajos:
Artículo 44: «Al aceptar la regencia, el Regente prestará, en sesión conjunta de los Estados Generales, ante el Presidente, el juramento o la promesa siguiente: “Juro (prometo) […] defender y conservar con todo mi poder la independencia y la integridad territorial del Estado”».
Artículo 53: «Durante tal sesión, el Rey hará sobre la Constitución el juramento o la promesa siguiente: “Juro (prometo) […] defender y preservar con todo mi poder la independencia y la integridad territorial del Estado”».
◦ Constitución de la República Italiana:
Artículo 5: «La República, una e indivisible, reconoce y promoverá las autonomías locales».
Artículo 126: «Se acordarán por decreto razonado del Presidente de la República la disolución del Consejo Regional y la remoción del Presidente de la Junta que hayan realizado actos contrarios a la Constitución o incurrido en violaciones graves de la ley».
 Constitución de la República Portuguesa:
Artículo 3.1: «La soberanía, una e indivisible, reside en el pueblo, que la ejerce con arreglo a las modalidades previstas en la Constitución».
Artículo 5.3: «El Estado no podrá enajenar parte alguna del territorio portugués o de los derechos de soberanía que ejerza sobre aquel, sin perjuicio de las rectificaciones de fronteras».
Artículo 6.1: «El Estado es unitario y respeta en su organización y funcionamiento del régimen autonómico insular y los principios de subsidiariedad, la autonomía de las autoridades locales y la descentralización democrática de la administración pública».
Artículo 51.4: «No pueden constituirse partidos que, por su denominación o por sus objetivos programáticos, tengan índole o ámbito regional».
Artículo 273.2: «La defensa nacional tiene como objetivos garantizar el respeto al orden constitucional, las instituciones democráticas y los convenios internacionales, la independencia nacional, la integridad territorial, y la libertad y la seguridad de las personas contra cualquier agresión o amenaza externa».
◦ Constitución del Reino de Noruega:
Artículo 1: «El Reino de Noruega es un Estado libre, independiente, indivisible e inalienable. La forma de gobierno es una monarquía limitada y hereditaria».
◦ Constitución Federal de la Confederación Suiza:
Artículo 53.2: «Toda modificación del número de cantones o de su estatus se someterá a la aprobación del electorado y de los cantones afectados, así como al voto del pueblo y de los cantones».
◦ Constitución de Grecia:
Artículo 14.3.c: «Queda prohibido el secuestro de periódicos y demás impresos, tanto antes como después de su puesta en circulación. Se autorizará a título excepcional la recogida tras la puesta en circulación y en virtud de auto del ministerio fiscal: […] Por causa de una publicación que […], vaya dirigida contra la integridad territorial del Estado».
Artículo 33.2: «Antes de asumir sus funciones, el Presidente de la República prestará ante la Cámara de Diputados el juramento siguiente: “JURO, en nombre de la Santísima Trinidad Consustancial e Indivisible, observar la Constitución y las leyes, velar por la fiel interpretación de todas ellas, defender la independencia nacional y la integridad del país”».
◦ Constitución de la República de Bulgaria:
Artículo 1.3: «Ninguna parte del pueblo, ningún partido político u otra organización, institución estatal o individuo, usurpará el ejercicio de la soberanía popular».
Artículo 2.1: «La República de Bulgaria es un Estado unitario con autonomía local. No existirá ninguna forma territorial autónoma».
Artículo 2.2: «La integridad territorial de la República de Bulgaria es inviolable».
◦ Constitución de la Federación Rusa:
Artículo 4.3: «La Federación Rusa asegura la integridad y la inviolabilidad de su territorio».
Artículo 5.3: «La organización federal de la Federación Rusa esta basada en su integridad territorial, la unidad del sistema de poder estatal, la división de las competencias y atribuciones entre los órganos de poder estatal de la Federación Rusa y los órganos de poder estatal de los sujetos de la Federación Rusa, de la igualdad de derechos y autodeterminación de los pueblos de la Federación Rusa».
◦ Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:
Artículo 1: «Son derechos irrenunciables de la Nación la independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación nacional».
Artículo 4: «La República Bolivariana de Venezuela es un Estado federal descentralizado en los términos consagrados en esta Constitución, y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad».
Artículo 323: «El Consejo de Defensa de la Nación es el máximo órgano de consulta para la planificación y asesoramiento del Poder Público en los asuntos relacionados con la defensa integral de la Nación, su soberanía y la integridad de su espacio geográfico».
◦ Constitución Política del Perú:
Artículo 43: «El Estado es uno e indivisible».
Artículo 46: «La población civil tiene el derecho de insurgencia en defensa del orden constitucional».
◦ Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia:
Preámbulo: «Nosotros, mujeres y hombres, a través de la Asamblea Constituyente y con el poder originario del pueblo, manifestamos nuestro compromiso con la unidad e integridad del país».
Artículo 108.13: «Son deberes de las bolivianas y los bolivianos: […] Defender la unidad, la soberanía y la integridad territorial de Bolivia, y respetar sus símbolos y valores».
Artículo 261: «La integridad territorial, la preservación y el desarrollo de zonas fronterizas constituyen un deber del Estado».
◦ Constitución Política de Colombia:
Artículo 2: «Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, […] mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo».
 Constitución de la República de Cuba:
Artículo 9.1: «El Estado: […] mantiene y defiende la integridad y la soberanía de la patria».
◦ Constitución de la República Dominicana:
Artículo 2: «La soberanía reside exclusivamente en el pueblo».
Artículo 5: «La Constitución se fundamenta en el respeto a la dignidad humana y en la indisoluble unidad de la Nación, patria común de todos los dominicanos y dominicanas».
◦ Constitución Política de Nicaragua:
Artículo 3: «El territorio y la soberanía son indivisibles e inalienables».
Artículo 182.1: «Corresponde al presidente de la República, como suprema autoridad administrativa: Defender la independencia y el honor de la nación y la integridad de su territorio».
◦ Constitución de la República del Ecuador:
Artículo 4: «El territorio del Ecuador es inalienable, irreductible e inviolable. Nadie atentará contra la unidad territorial ni fomentará la secesión».
 Constitución del Paraguay:
Artículo 1: «La República del Paraguay es para siempre libre e independiente. Se constituye en Estado social de derecho, unitario, indivisible, y descentralizado en la forma que establecen esta Constitución y las leyes».
◦ Constitución Política de la República Federativa del Brasil:
Artículo 1: «La República Federal del Brasil, formada por la unión indisoluble de los Estados y Municipios y del Distrito Federal, se constituye en Estado Democrático de Derecho».
◦ Constitución de la República de Honduras:
Artículo 19: «Ninguna autoridad puede celebrar o ratificar tratados u otorgar concesiones que lesionen la integridad territorial, la soberanía e independencia de la República».
◦ Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
Artículo 2: «La Nación Mexicana es única e indivisible».
◦ Constitución de la República de Estonia:
Artículo 2: «El territorio, las aguas territoriales y el espacio aéreo del Estado Estonio son un todo inseparable e indivisible».
◦ Constitución de la República de Lituania:
Artículo 3: «El pueblo y cada ciudadano tienen derecho a resistirse a cualquiera que altere por la fuerza la independencia, la integridad territorial o el orden constitucional del Estado de Lituania».
Artículo 10: «El territorio del Estado de Lituania será único y no será dividido en ningún tipo de formación estatal».
 Constitución de la República de Angola:
Artículo 3.1: «La soberanía, una e indivisible, pertenece al pueblo».
Artículo 5.6: «El territorio angoleño es indivisible, inviolable e inalienable, siendo enérgicamente combatida cualquier acción de desmembramiento o de separación de sus unidades, no pudiendo ser alienada parte alguna del territorio nacional o de los derechos de soberanía que sobre él ejerce el Estado».
En el preámbulo de la Constitución de los Estados Unidos de América, los representantes de cada Estado reunidos en Filadelfia para ratificarla 
―«NOSOTROS, el Pueblo»―, el 17 de septiembre de 1787, dejaron constancia del propósito de la misma: «formar una Unión más perfecta».

En 1869, la Corte Suprema de Estados Unidos estableció en el Caso Texas contra White que la Constitución no permitía separarse unilateralmente de los Estados Unidos a un Estado de la Unión, la cual había sido «solemnemente declarada “perpetua”»:
«La Constitución, en todas sus disposiciones, vela por una Unión indestructible, compuesta por Estados indestructibles».
Más recientemente, el 14 de enero de 2013, la Casa Blanca rechazó una iniciativa popular firmada por 125.746 personas para que el presidente Barack Obama permitiese «pacíficamente al Estado de Texas abandonar los Estados Unidos de América y crear su propio nuevo gobierno». Se había tramitado a través de un nuevo mecanismo instaurado por su Administración, que obligaba a esta a pronunciarse oficialmente sobre cualquier petición presentada con el apoyo de un determinado número de firmas. La respuesta del Gobierno estadounidense recordaba a los solicitantes el espíritu que había guiado a los padres fundadores de la nación:
«Ellos consagraron en ese documento el derecho a cambiar nuestro Gobierno nacional a través del poder del voto, un derecho por el que generaciones de americanos han luchado para garantizar a todos. Pero no establecieron el derecho a marcharse. Como explicó el presidente Abraham Lincoln en su primer discurso inaugural en 1861, “considerando la ley universal y la Constitución, la unión de estos estados es perpetua”». En los años siguientes, 600.000 americanos murieron en una guerra civil larga y sangrienta que reivindicó el principio de que la Constitución establece una unión permanente entre los estados. […] Aunque los fundadores establecieron una unión perpetua, también dispusieron un Gobierno que es, como el presidente Lincoln más tarde describiría, “del pueblo, por el pueblo y para el pueblo”, todo el pueblo».
Peticiones similares procedentes de otros siete Estados, que habían superado la cantidad mínima estipulada de 25.000 firmantes para ser atendidas (Florida, Luisiana, Georgia, Tennessee, Alabama, Carolina del Norte y Carolina del Sur), recibieron ese mismo año idéntica contestación.

jueves, 23 de junio de 2016

Qué gozada: Borrell destroza a Junqueras en directo

  JUEVES, 23 DE JUNIO DE 2016 • 

 Hacía tiempo que no se veía nada igual en la TV.

Borrell sereno, señor, firme, tranquilo. Es una apisonadora que pasa por encima 
de un Junqueras nervioso, acorralado, cutre, rendido y desesperado. Al final dan 
ganas de llamar a la ambulancia. Fue hace unos días en 8TV y es ya parte de la 
historia de la derrota del separatismo.

Pase, disfrute y divulgue. Si sus amigos ven esto, adiós al nacionalismo.

Dolça i borrelliana Catalunya…







Publicado el 23 jun. 2016
El vídeo entero puede herir la sensibilidad del espectador. Del pobre Junqueras no quedan ni los restos.




Publicado originalmente en http://www.8tv.cat/8aldia/videos/junq...

Con autorización de los autores o licenciatarios...
Fuente: https://www.dolcacatalunya.com/ 

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